COMUNICADO Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial
Ante las publicaciones desacertadas e imprecisas efectuadas por algunos pobladores en las redes sociales, la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial tiene a bien comunicarle a la población lo siguiente:
Que, de conformidad a la Ley Nº 25307 y Ley Nº 27731 y sus Reglamentos, nuestra Entidad no administra el programa social “Comedores Populares”, siendo que a la fecha se encarga únicamente de administrar el programa social de “Vaso de Leche” en el Distrito de Nuevo Imperial.
Que, desde el 01 de enero de 2019 hasta el día de hoy, la Municipalidad no ha recibido donaciones específicamente de arroz o lenteja por parte del Sector Público, Privado u Organización No Gubernamental (ONG).
Que, los productos que conforman la bolsa de víveres repartidas en el marco de la emergencia nacional por el brote del COVID-19, cuentan con los registros sanitarios respectivos que acreditan que los productos son actos para el consumo humano. (Se adjunta fotografías de los referidos registros).
Que, de acuerdo a la transferencia realizada por el Gobierno Central a nuestra Municipalidad, en el marco del Decreto de Urgencia N° 033-2020, nuestra Entidad ha realizado la compra de los productos que conforman las bolsas de víveres por el monto de S/ 200,016.90 (Doscientos Mil Dieciséis con 90/100 Soles), conforme se puede evidenciar de las fotografías de las facturas que se adjuntan a la presente publicación.
Que, en cumplimiento al numeral 3.3 de la sección 3 de la Guía para la Gestión y Distribución de Canastas familiares en el marco de la Emergencia Nacional, aprobado por la Presidencia del Consejo de Ministros, el padrón final del registro de entrega de las canastas básicas familiares será publicado en un plazo máximo de 15 días de culminado la emergencia sanitaria.
Que, teniendo en cuenta lo establecido en el sub numeral 29.1 del artículo 29 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, el área usuaria de nuestra Entidad, tuvo a bien requerir que se consigne en la empaquetura del arroz y la lenteja (víveres que se adquirieron a granel) el siguiente eslogan: “Distribución Gratuita” “Prohibida su Venta”, a fin de que terceras personas de manera irregular, y de ser el caso, no pudieran distribuir o vender los citados productos.
Que, por último, dicho eslogan en los productos del arroz y la lenteja no generó un costo adicional a nuestra Entidad, conforme se evidencia de las facturas que se adjuntan a la presente publicación; y en unas horas esteremos comunicándoles los detalles de la visita inopinada que efectuaron los entes de control pertinente.
Cañete Tv Canal 31
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