lunes, 8 de abril de 2019

SUNEDU deniega la licencia institucional a la Universidad Privada Sergio Bernales


  • La UPSB deberá cesar sus actividades en un plazo máximo de dos años, por no cumplir con ninguna de las ocho Condiciones Básicas de Calidad (CBC) exigidas por la Ley Universitaria.
  • La universidad ya había sido sancionada por la SUNEDU por ofrecer programas y filiales no autorizadas y mantiene multas impagas por 5 millones de soles   
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) resolvió denegar la licencia institucional a la Universidad Privada Sergio Bernales (UPSB), ubicada en la provincia de Cañete, región Lima.
Esta decisión, adoptada por el Consejo Directivo de la SUNEDU, responde a que dicha casa de estudios no cumple con las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) establecidas en la Ley Universitaria. Así, la UPSB se convierte en la séptima universidad peruana que deberá iniciar un proceso paulatino de cese de actividades, que no puede extenderse más allá de los dos años. La SUNEDU supervisará que este proceso se desarrolle de una manera ordenada, acorde con la reglamentación vigente y garantizando los derechos del alumnado. 

Sobre la Universidad Privada Sergio Bernales

La UPSB es una universidad privada de naturaleza societaria. Atiende una población de 704estudiantes y su único local autorizado para brindar el servicio educativo se encuentra en San Vicente de Cañete. Allí ofrece tres carreras, todas de pregrado.

La decisión de denegar la licencia institucional a esta universidad se sustenta en una larga serie de inconsistencias e incumplimientos por parte de la universidad a lo largo de todo el proceso de licenciamiento, que se inició en febrero del 2016. Así, la UPSB no pudo cumplir con ninguna de las Condiciones Básicas de Calidad exigidas por la ley. Esto, a pesar de haber presentado sucesivas correcciones a su Plan de Adecuación (PDA) y de haberse desistido de tres locales (en Lima, Huaral y Cajamarca), además de nueve programas nuevos declarados en su Solicitud de Licenciamiento (SLI).

Entre las mayores deficiencias encontradas por la SUNEDU, cabe resaltar que la universidad no presentó información consistente sobre el uso compartido de su infraestructura con el Instituto Sergio Bernales para ofrecer el servicio universitario. Esto no garantiza la disponibilidad de talleres, laboratorio y equipamiento para sus estudiantes. Adicionalmente, el equipamiento de ocho de sus doce talleres y laboratorios no se encuentra operativo o en óptimas condiciones.  La universidad tampoco cuenta con protocolos de seguridad para dichos espacios.

Asimismo, la UPSB presenta muchas limitaciones para normar y promover la investigación: según la evaluación, la universidad no logró cumplir con ninguno de los indicadores de calidad relacionados a este rubro. Tampoco pudo acreditar que cuenta con un cuerpo de docentes suficiente y con el perfil idóneo para impartir los programas educativos en oferta: solo cuenta con un 17.3% de docentes a tiempo completo, cuando el mínimo exigido por la Ley Universitaria es de 25%. 

La SUNEDU constató, además, que la universidad muestra debilidades en su gestión institucional y no cuenta con una propuesta sólida para la mejora continua de su calidad educativa. Respecto a los servicios básicos complementarios que debe ofrecer toda universidad (deportes, salud, cultura), la UPSB tampoco pudo demostrar que cuenta con recursos humanos y materiales permanentes para garantizarlos. Por otro lado, las plataformas virtuales de la universidad referidas a transparencia y bolsa de trabajo tampoco cuentan con actualización permanente. 

Sanciones previas

Durante el proceso de licenciamiento, la SUNEDU detectó que en los ciclos 2016-I y 2016-II, la UPSB brindó servicios educativos de ocho programas de pregrado y dos de posgrado sin autorización. Por ello, se abrió un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) que en el 2018 derivó en una multa de 570.34 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para los programas de pregrado y 93.78 UIT por los programas de posgrado.

La SUNEDU también detectó que la casa de estudios impartió, durante los mismos ciclos, clases en cinco sedes no autorizadas por la SUNEDU: tres en la ciudad de Lima Metropolitana (Jesús María, San Juan de Miraflores, Puente Piedra), una en la ciudad de Huaral, y otra en la ciudad de Cajamarca. La SUNEDU aplicó a la UPSB una segunda sanción, esta vez de 337.96 UIT. Ambas sanciones suman un total de S/ 4 109 118 (cuatro millones ciento nueve mil ciento dieciocho y 00/100 soles), y se encuentran actualmente en proceso judicial.

El proceso de cese
Como consecuencia de la denegatoria de licenciamiento, la UPSB debe iniciar un proceso de cese de actividades con un plazo máximo de dos años para concluir sus actividades académicas. Como parte de este, la universidad debe cumplir con lo siguiente:
  • La UPSB queda inmediatamente prohibida de convocar a nuevos procesos de admisión y/o matricula de estudiantes, en cualquier modalidad. 
  • No podrá interrumpir la prestación del servicio educativo durante el 2019-I. 
  • En un máximo de 60 días a partir de la notificación de la denegatoria de licenciamiento, deberá informar a la SUNEDU el plazo en el que planea cesar definitivamente sus  actividades. Asimismo, deberá enviar información sobre sus estudiantes y los mecanismos que estas y estos hayan elegido para continuar sus estudios.
  • Los convenios que la universidad pueda suscribir para facilitar el traslado de alumnas y alumnos a otras universidades licenciadas deberán ser informados a SUNEDU en un plazo máximo de 15 días contados a partir de la fecha de suscripción.
  • La UPSB podrá otorgar grados y títulos por un plazo máximo de 24 meses adicionales contados a partir de la fecha de cese definitivo del servicio educativo. 
  • Las egresadas y egresados que no hayan obtenido su grado académico en dicho plazo, podrán solicitar el traslado, matrícula y/o convalidación de estudios en otra universidad licenciada que cuente con una carrera similar, con el objetivo de retomar los procesos de graduación y titulación correspondientes. Los estudiantes que hayan concluido sus estudios en la UPSB, solo podrán obtener su título a través de dicha casa de estudios.
Asimismo, se requerirá a la universidad que, antes del cese de actividades, acredite mediante documentos si los diplomas de estudios y certificados derivados de los siete convenios celebrados con la Universidad San Pedro (USP), se han emitido a nombre de esta última o de la UPSB.
Finalmente se establece que, mientras la UPSB siga brindando sus servicios universitarios, deberá mantener en buen estado los indicadoresevaluados de manera favorable durante el proceso de licenciamiento. El incumplimiento de estas obligaciones podría derivar en sanciones administrativas y denuncias penales.

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