sábado, 13 de junio de 2015

Prisión efectiva por delito de omisión de asistencia familiar


Deudor alimentario deberá pagar S/. 2,525.00 como liquidación y S/. 400 por reparación civil.
(AF, 05 de junio de 2015)  En el juicio oral realizado donde participó la representante del Ministerio Público, Sara Francia Cabrera, fiscal penal adjunta de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Cañete, solicitó se le imponga prisión efectiva al acusado Juan Azurza Cruz, por haber cometido el delito de omisión de asistencia familiar, lo cual pudo comprobar ante el juez del 3º Juzgado Penal Unipersonal de Cañete. La autoridad judicial concluyó el juicio dictando la sentencia condenatoria.
Azurza Cruz negó los cargos que, sin embargo, fueron probados con documentos y los interrogatorios que hizo la fiscal, por ello se le ha impuesto un año de prisión efectiva, el pago de la liquidación de S/. 2,525.00 y una reparación civil de S/. 400.00, disponiéndose sea internado en el establecimiento penitenciario de Cantera donde se encuentra en estos momentos.
La fiscal antes mencionada aseguro que este sujeto contenía ya cuatro investigaciones por el delito de omisión de asistencia familiar y se negaba a pasar la pensión de alimentos que corresponden a su menor hijo durante el periodo de 17 de octubre de 2011 al 17 de marzo de 2013. Es por ello que el juzgado tomó la decisión de dictar la sentencia de prisión efectiva a pedido de la fiscalía, toda vez que el sujeto era renuente a acatar las normas y deberes con su hijo.
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