miércoles, 25 de marzo de 2015

PONEN EN PRISIÓN PREVENTIVA A ADMINISTRADORES DEL BAR “LAS CAÑITAS” IMPUTADOS DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS



A solicitud del Fiscal Provincial Penal de Mala, Eduardo Fiestas Jaramillo, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Chilca, resolvió poner en prisión preventiva por un plazo de nueve meses a Máximo Paul More Suarez y Ana Melva Castro Seminario, imputación que realizó la fiscalía por la presunta comisión del delito contra la libertad personal, en la modalidad de trata de personas.


Ambos imputados administran el “Bar Las Cañitas” ubicado en el Asentamiento Olof Palme de Chilca, donde el pasado 15 de marzo, la Policía de esta jurisdicción realizó una intervención y encontró a dos féminas menores de edad libando licor con unos parroquianos, las que testimoniaron realizar servicios sexuales a los clientes de este local recibiendo la suma de S/. 15.00 nuevos soles, que en ocasiones les pagaban directamente y en otras a los mencionados imputados.

Como resultado de la intervención policial se conoce que este bar no cuenta con licencia de funcionamiento y en este se encontraron: Condones de color rojo, tickets numerados, y un manuscrito con anotación de control de venta.

                                                                                             Foto Referencial


Además, el propio imputado Máximo More Suarez, ha reconocido que parte del dinero que se le fue incautado aproximadamente S/. 330.00 nuevos soles lo recaba de la venta de cerveza que tiene un costo de S/. 7.00 nuevos soles del cual reparte S/. 3.00 nuevos soles para cada una de las chicas.


Sobre el tema el fiscal Fiestas Jaramillo, agregó que la conducta desplegada por los imputados ha sido calificada como DELITO CONTRA CONTRA LA LIBERTAD PERSONAL, en la modalidad de TRATA DE PERSONAS, que se encuentra previsto y penado en “Artículo 153”. El cual a la letra dice: El que mediante violencia, amenaza u otras formas de coacción, privación de la libertad, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o de cualquier beneficio, capta, transporta, traslada, acoge, recibe o retiene a otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país con fines de explotación, es reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años.

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